El Gobierno nacional oficializó cambios en el Documento Nacional de Identidad (DNI) a través de las Disposiciones 54/2026 y 55/2026, publicadas en el Boletín Oficial. La normativa establece la incorporación de un nuevo formato de DNI con mayores estándares de seguridad y detalla quiénes deberán realizar la renovación obligatoria a partir de febrero.
El nuevo documento será confeccionado en policarbonato multicapas y contará con grabados láser, impresión a chorro de tinta y un chip sin contacto, lo que permitirá mejorar su durabilidad y reducir el riesgo de falsificaciones. Además, el diseño presentará algunas diferencias según la edad y la nacionalidad del titular.
Entre los datos visibles, el DNI incluirá el ícono de DNI electrónico, nombre y apellido (hasta 35 caracteres cada uno), sexo, número de documento, fecha de emisión y vencimiento, nacionalidad, ejemplar, fecha de nacimiento, número de serie grabado por láser, número CAN, imagen fantasma y firma del titular. En los casos en que la persona no sepa o no pueda firmar, ese espacio quedará en blanco.
En cuanto a los menores de edad, el DNI mantendrá las mismas características generales. Para niños y niñas menores de 5 años, el documento llevará la firma del padre, madre, tutor o representante legal, mientras que a partir de los 5 años se registrará la firma del propio menor. Asimismo, para recién nacidos que no puedan ser trasladados por razones de salud debidamente certificadas, se emitirá un DNI provisorio “0 Año”, válido únicamente dentro del país y con datos biográficos y filiatorios.
La normativa también contempla casos especiales. Los excombatientes de la Guerra de las Islas Malvinas tendrán una leyenda identificatoria impresa en el documento, mientras que los extranjeros, tanto mayores como menores, recibirán un DNI con características similares al de los ciudadanos argentinos.
En paralelo, se informó que el nuevo pasaporte contará con 34 páginas y una hoja de policarbonato personalizada con grabado láser, en línea con los estándares internacionales de seguridad y resistencia física.
Quiénes deberán renovar el DNI
Desde el Registro Nacional de las Personas (RENAPER) precisaron que deberán realizar la renovación obligatoria quienes se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:
DNI vencido, cuando la fecha de vencimiento impresa en el documento ya haya expirado.
Actualizaciones obligatorias, correspondientes a niños y niñas entre los 5 y 8 años, y adolescentes que cumplan 14 años.
Cambios de datos personales, como nombre, apellido, género u otra información relevante.
DNI emitidos en 2011, que alcanzan los 15 años de vigencia en 2026, por lo que deben renovarse de manera obligatoria.
Desde el organismo remarcaron la importancia de realizar el trámite en tiempo y forma para evitar inconvenientes en gestiones administrativas, viajes y otros trámites oficiales.